La Generalitat Valenciana ha
abierto el plazo de presentación de solicitudes de ayudas al alquiler de
vivienda, que estará abierto hasta el 6 de agosto (inclusive). El objetivo de
las ayudas es favorecer el acceso a viviendas en alquiler, así como también
facilitar el primer acceso a personas jóvenes.
Las ayudas cubren hasta un 40%
del alquiler con un máximo de 2.880 euros anuales, y hasta un 50% si todos los
miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años. También hay ayudas
para jóvenes menores de 35 años, quienes podrán solicitar una subvención que
podrá alcanzar hasta el 50% de la renta de alquiler. Excepcionalmente se
aceptarán solicitudes de unidades de convivencia con personas mayores de 35
años que sean dependientes.
Se subvencionan los recibos de
alquiler desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018, y es requisito
obligatorio que se indique en la solicitud la elección de la línea de ayudas: ‘Ayuda
al alquiler de vivienda’ o ‘Ayudas a jóvenes para el alquiler de vivienda’.
Pueden optar a estas ayudas todas
las personas con contrato de alquiler que cumplan el límite de precio de
alquiler y unas condiciones de ingresos de los solicitantes.
Los ingresos de las personas que
tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o
no como titulares del contrato de arrendamiento, deberán ser iguales o
inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples),
con la excepción de algunos supuestos como las familias numerosas o personas
con diversidad funcional, enfermedad mental, etc. en cuyo caso puede ser 4 o 5
veces el IPREM, en función de la circunstancia personal. Para acceder a la
ayuda, la unidad de convivencia deberá acreditar unos ingresos mínimos de 0,3
veces el IPREM.
La tramitación de la solicitud
puede hacerse telemáticamente a
través de la página web si se dispone de certificado digital. En caso
contrario, hay que llenar el formulario de la web y presentarlo al registro de
entrada de los Servicios Territoriales de Vivienda, Oficinas Prop,
Ayuntamientos o por correo certificado.