ARBITRAJE DE RECLAMACIONES DE CONSUMO
Si el producto o servicio que Vd. como
consumidor o usuario ha adquirido no responde a las características debidas y
tiene que reclamar, debe saber: Que el Estatuto de Consumidores y usuarios de la
Comunidad Valenciana ha previsto, en su artículo 31, el establecimiento de este
sistema para la resolución de reclamaciones.
Mediante este sistema se pueden solucionar
las controversias entre consumidores y empresarios o profesionales, sin
necesidad de acudir a los tribunales ordinarios de justicia. El Arbitraje de
Consumo es un procedimiento gratuito, ágil y sencillo.
El arbitraje también podrá solicitarse en aquellos
Ayuntamientos que dispongan de Oficina Municipal de Información al Consumidor,
las cuales colaborarán con la Junta Arbitral Provincial.
Seleccione entre sus suministradores
aquellos que cuenten con el distintivo oficial de EMPRESA ADHERIDA AL SISTEMA DE
ARBITRAJE DE RECLAMACIONES DE CONSUMO.
RELACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS
El consumidor o usuario debe tener en
cuenta, antes de reclamar, si el establecimiento está adherido al sistema ARC.
La Junta Arbitral recibe a las partes e intenta
avenirlas para que lleguen a un acuerdo satisfactorio .El resultado del
arbitraje se reflejará por escrito y será de obligatorio cumplimiento para las
partes (carácter vinculante y ejecutivo).
CASOS EXCLUYENTES
El sistema de Arbitraje de reclamaciones de Consumo es
válido para resolver todas aquellas reclamaciones en las que no concurra
intoxicación, lesión o muerte, ni existan indicios racionales de delito.